Son las superficies donde se reconoce como prioritaria la aplicación de medidas mucho más estrictas de defensa contra los incendios forestales frente al alto riesgo de incendio, por la particular continuidad o virulencia de los incendios forestales o la relevancia de los valores conminados.
– Recibir información de todos los incendios que se generen en la provincia, poniendo en marcha las actuaciones previstas en el Plan. D) Acompañamiento técnico y aportación de material de extinción de incendios. – Coordinar, en caso de simultaneidad de múltiples incendios, las medidas a adoptar por los diferentes Organismos e Instituciones de la Comunidad Autónoma integrados en el Plan, en acompañamiento de las actuaciones dirigidas por medio de los Centros Operativos. E) Las condiciones mínimas de seguridad de las dotaciones y los equipos de protección individual de los que deberá disponer el plantel que participe en labores de prevención y extinción de incendios forestales, de conformidad con la normativa de prevención de peligros laborales. D) Disposición de medios personales con especificación, en su caso, de los currículos particulares a los efectos de la asignación de tareas.
Ley 5/1999, de 29 de junio, de prevenci�n y lucha contra los incendios forestales
Reglamentariamente se establecerán los medios de extinción exigibles a exactamente los mismos, tal como a toda instalación o empresa ubicada en lote forestal y Zonas de Influencia Forestal, en cuanto supongan peligro de incendio. Además, dejarán la realización en sus terrenos de aquellas infraestructuras primordiales, tales como vías de servicio, depósito o reserva de aguas, zonas de aterrizaje de helicópteros u otras análogas. Sin perjuicio de lo previo, y en atención a las circunstancias de cada año que puedan suponer un incremento del peligro de incendio, la consejería competente en materia de prevención y defensa contra incendios forestales va a poder cambiar, mediante orden, las fechas indicadas en los apartados 1 y 2 del producto 22 de esta ley. Como medida precautoria, se prohíbe la utilización del fuego en los terrenos agrícolas, terrenos forestales y zonas de influencia forestal establecidas en el producto 2 de la presente ley, salvo para las actividades y en las condiciones, periodos o zonas autorizadas por la consejería competente en materia forestal en los términos de la presente Ley y de lo que constituya su normativa de desarrollo. Los dueños y titulares de derechos reales o personales de uso y disfrute de terrenos o explotaciones forestales, tanto públicos como privados, efectuarán las actuaciones y trabajos preventivos que reglamentariamente o en los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales se determinen, que van a poder incluir, entre otros muchos, trabajos selvícolas y la apertura y cuidado de cortafuegos. En las situaciones en que la Administración autonómica, en el marco del convenio pensado en el artículo 21 quater.2 para las redes de fajas secundarias, asuma la consideración de administración actuante y desarrolle las actuaciones materiales de ejecución subsidiaria mediante Seaga, compensará todos y cada uno de los gastos o costes en los que incurra esta sociedad. Los proyectos cada un año de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales deberán ser aprobados por los órganos competentes de las comunidades autónomas y publicados antes del 31 de octubre del año precedente a su app. Toda persona que observase la existencia o el comienzo de un incendio tiene la obligación de comunicarlo a los servicios de prevención y defensa contra los incendios forestales, a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado o a los servicios de protección civil de la forma más rápida posible y, en su caso, colaborar, en sus posibilidades, a la extinción del incendio.
El objetivo es alentar la adopción de medidas precautorias de incendios forestales, pues aquellos dueños que cumplan con la planificación preventiva disfrutarán de exenciones en el pago de la tasa. A estos efectos, como garantía de la sostenibilidad financiera del sistema público de administración de la biomasa, los costes derivados de la ejecución subsidiaria por la persona responsable van a tener la cuenta de créditos de derecho público de la Administración autonómica, y su recaudación ejecutiva corresponderá a los órganos competentes de esta. La gestión recaudatoria se llevará a cabo por los órganos de recaudación eficientes de la Administración autonómica.
Ñ) Publicar las medidas preventivas recomendadas u obligatorias, donde se incluyen las referidas en los artículos 31, 35, 36 y 37, así como su incidencia territorial. Frente a un incendio, es vital seguir el protocolo conveniente para proteger a uno mismo y a los demás. Reforzar la supervisión y poner coto a la actividad criminal incendiaria mediante la colaboración vecinal, aparte de asegurar la efectividad en la fiscalización y app del régimen sancionador instituido. El presente decreto-ley va a entrar en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Los puestos de supervisión se instalarán según criterios de prioridad fundados en el grado de peligro de incendio forestal, valor del patrimonio a proteger y visibilidad, siendo dotados del equipamiento tecnológico conveniente a sus funcionalidades. – Asumir la dirección técnica de la extinción en el Puesto de Mando Adelantado en los incendios que se declaren de nivel Y también (incendio extremo) o en su caso designar, como Dirección Técnica de Extinción para un incendio preciso, a un Técnico acreditado adscrito al Servicio Operativo de Extinción de Incendios Forestales que viene dentro en el Plan INFOCA. El órgano competente para enajenar la madera va a ser el alcalde, caso de que la rivalidad sea correcto al municipio, o la persona titular de la dirección general competente en materia forestal de la Administración autonómica, en el caso de que la rivalidad corresponda a la Administración de la Comunidad Autónoma, documento Bombeiro sin perjuicio de la posibilidad de desconcentración o delegación. Esto incluye cerrar todas y cada una de las puertas y poner trapos húmedos, llamar a los servicios de emergencia, cubrir nariz y boca con un pañuelo húmedo, y desplazarse por el suelo para eludir gases tóxicos. C) Entre los criterios de opinión para la selección de las propuestas de aprovechamiento de los terrenos incorporados al emprendimiento deberán ser tenidos en cuenta aquellos que mejor cumplan la intención precautoria de la actuación. Véase, en lo que se refiere a la exigibilidad de las nuevas obligaciones, la predisposición transitoria 3.1 de la citada ley. B) La prestación por la Administración autonómica del sistema público de gestión de la biomasa en los terrenos rústicos incluidos en las fajas secundarias de gestión de la biomasa a través de la formalización de contratos de gestión de la biomasa con los sucesos de los terrenos.
La retirada de especies arbóreas se realizará por las personas dueñas de exactamente las mismas. En las estaciones de telecomunicaciones, si existieran edificaciones destinadas a albergar oficinas, almacenes o parque móvil inteligente, a estas edificaciones les será de app lo preparado en el producto 21 para las edificaciones o casas recluidas. La aprobación de este plan corresponde al Consello de la Xunta, a iniciativa de dicha consejería, oído el Consejo Forestal de Galicia.
G) Organizar la administración de la biomasa vegetal en los términos de los productos 20 bis, 21 bis y 22 y de conformidad con los criterios que se establecerán reglamentariamente por orden de la consejería competente en materia forestal. El convenio de colaboración a través del que se instrumenta el sistema público de administración de la biomasa preverá la adhesión voluntaria de cualquier municipio de la Red social Autónoma a dicho convenio, a los efectos de que todos y cada uno de los ayuntamientos de Galicia logren acceder al sistema y a la colaboración pertinente. Además, se ha anunciado la nueva la campaña de comunicación y concienciación que, con el lema #EsTareaDeTodos, este año tiene la colaboración del periodista talaverano Roberto Brasero y busca implicar a la ciudadanía en la protección del medio natural de la región, puesto que mucho más del 90 por ciento de los incendios forestales están producidos por causas humanas. En ese sentido, se calcula que el 95 % de los incendios son producidos por intervenciones humanas, siendo los causantes climáticos y la carga de combustible (material vegetal seco) los que inciden en su propagación. El dato no es menor si tomamos en cuenta que nuestro territorio está entre los 10 lugares de todo el mundo con mayor incidencia de incendios forestales. G) El control y ejecución de las competencias legales del centro de coordinación de emergencias, así como de los puestos de mando avanzados en los supuestos de activación de los que corresponden proyectos de emergencia, cualquiera que sea el nivel de activación. Y también) Otras infraestructuras de apoyo a la extinción. Las medidas preventivas en las masas forestales están orientadas a dificultar la ignición y la propagación del fuego tal como a facilitar la actuación de los medios de extinción, contribuyendo con ello a prosperar su eficacia. La correcta aplicación de estos simples pasos puede ser la diferencia entre la vida y la muerte. Estas actuaciones consisten básicamente en trabajos selvícolas, tales como podas y aclareos, limpiezas de bordes de pistas, establecimiento y cuidado de áreas cortafuegos y de fajas auxiliares a lo largo de las pistas.
Son exactamente las condiciones climáticas, junto a la expansión urbana a zonas con vegetación natural, los factores que favorecen la generación de fuego forestal.